Estar empadronado en Madrid durante 10 años entre los requisitos para solicitar una vivienda protegida

Los condenados por ocupación ilegal no podrán acceder en cinco años a ningún inmueble de este tipo en la región

Los solicitantes de una vivienda protegida en la Comunidad de Madrid deberán cumplir una serie de requisitos, entre ellos estar empadronados desde hace al menos 10 años en la región. Además, se limitará el acceso a aquellas personas condenadas por delitos vinculados a la ocupación, ya que no pondrán obtener uno de estos hogares en los cinco años siguientes a la condena.

Esta nueva medida, según ha avanzado la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, en un desayuno informativo en la capital, donde ha subrayado que desde el Ejecutivo autonómico, “a pesar de tener competencias limitadas”, van a seguir reforzando su lucha contra la ocupación.

En base a un nuevo Reglamento de Vivienda Pública, que van a aprobar en julio, quienes haya sido condenados por allanamiento de morada o usurpación de vivienda no van a poder acceder a una casa protegida en cinco años a partir de la sentencia.

Además, y como novedad, la norma fijará el requisito de acreditar empadronamiento en la Comunidad de Madrid durante un periodo mínimo de 10 años antes de poder optar a una vivienda protegida. Esta condición pretende priorizar la vinculación estable con la región de los beneficiarios y “asegurar que los recursos públicos se destinan a quienes contribuyen de manera continuada a su desarrollo”, han informado desde el Gobierno regional.

El Plan Vive de alquiler a precio asequible de la Comunidad de Madrid ya suma 14.000 pisos en distintas fases de desarrollo. De ellos, 5.175 ya han sido entregados, 3.200 finalizarán su construcción en los próximos meses y 3.400 del Plan Solución Joven están actualmente en licitación.

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