Los vehículos sin etiqueta podrán circular por Madrid en 2025

El Ayuntamiento de la capital ha concedido un periodo de aviso de 12 meses para informar a los conductores empadronados en la capital de las nuevas restricciones

Los vehículos que no cuentan con etiqueta ambiental y que están empadronados en la capital o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en Madrid podrán circular por la ciudad en 2025, aunque se mantendrá la prohibición ya vigente para aquellos que no sean vecinos de la capital. Para ello, el Ayuntamiento concederá un periodo de aviso de 12 meses para informar a los conductores afectados por las nuevas restricciones y no serán sancionados hasta el 31 de diciembre de 2025, según informó el delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno del 12 de diciembre.

Los que infrinjan la normativa vigente (Ordenanza de Movilidad Sostenible) para Madrid ZBE, desde las 0 horas del miércoles 1 de enero de 2025 hasta las 23:59 del miércoles 31 de diciembre de 2025, y sean interceptados por las cámaras, recibirán una comunicación por carta a su domicilio de carácter informativo. Además, se establecerán tres tipos de autorización de acceso, que se suman a las exenciones para vehículos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR) e históricos ya vigentes.

Por un lado, podrán circular aquellos autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años (cumplidos en 2025) en adelante con vehículos A de más de 3,5 toneladas, y también los titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos, no consultas. En este caso, se establecerá un procedimiento para solicitar el acceso por registro, que no se realizará de oficio.

ACCESO TEMPORAL
Por último, se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de las personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo haya recibido todavía.

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