Los afectados por el incendio de agosto ya pueden solicitar las ayudas

Las peticiones, que tienen como plazo el 31 de enero de 2026, están destinadas a propietarios de viviendas y parcelas urbanas afectadas

El Ayuntamiento de Tres Cantos ha publicado las bases para solicitar ayudas económicas destinadas a los vecinos afectados por el incendio del pasado 11 de agosto de 2025.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas aquellos propietarios de viviendas o parcelas ubicadas en suelo urbano del término municipal de Tres Cantos afectados por el incendio, siempre que no tengan deudas con el Ayuntamiento, estén al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no incurran en las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones ni en reintegros pendientes.

La convocatoria, impulsada desde la concejalía de Vivienda, dispone de una dotación económica total de 100.000 euros, incluida en los Presupuestos Municipales de 2025 del Ayuntamiento de Tres Cantos. Las ayudas económicas previstas en la presente norma serán compatibles con otras ayudas respecto al mismo fin promovidas por otras administraciones públicas.

Las ayudas se otorgarán según los daños ocasionados por el incendio, con cuantías que van desde 500 euros por daños en el arbolado, 1.000 euros por daños en el vallado, 2.000 euros por daños en la fachada y 3.000 euros por daños en alguna estancia (interior o exterior) de la vivienda afectada por el incendio. Como estancia exterior, sólo se admitirá el porche.

En caso de destrucción total del inmueble, la ayuda será de 15.000 euros, sin posibilidad de acumularla a otras. Si el total de solicitudes supera los 100.000 euros disponibles, las cuantías se prorratearán a la baja entre los beneficiarios.

La ayuda se eleva hasta los 15.000 euros en el caso de destrucción total del inmueble

A TENER EN CUENTA

El plazo para presentar solicitudes estará abierto hasta el 31 de enero de 2026 y solo se admitirán aquellas presentadas exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos, dentro del apartado “Ayudas y subvenciones”, seleccionando la opción “Ayudas afectados incendio”. Para ello será necesario disponer de certificado digital o PIN 24 horas.

Un aspecto fundamental para evitar el rechazo de la solicitud es la correcta presentación de la documentación. Todos los archivos deben adjuntarse en formato PDF, ya que no se aceptarán fotografías tomadas directamente a los documentos. Por ello, es imprescindible escanearlos adecuadamente para garantizar su validez legal.

Los solicitantes deberán aportar además un reportaje fotográfico detallado de los daños sufridos y los certificados oficiales que acrediten estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. El Ayuntamiento verificará de oficio la titularidad de las propiedades y la inexistencia de deudas.

Una vez finalizado el plazo para entregar solicitudes, el 31 de enero, la Concejalía de Vivienda iniciará la tramitación de los expedientes. Si el equipo técnico detecta errores o falta de documentación, se concederá a los solicitantes un plazo máximo de diez días hábiles para subsanar los defectos, previa notificación en el tablón de anuncios de la sede electrónica.

Tras la evaluación, se publicará un listado provisional y se habilitará un plazo de diez días para presentar alegaciones. Una vez que la Junta de Gobierno Local apruebe el listado definitivo, las ayudas se abonarán mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el solicitante, en un plazo estimado de unos diez días y siempre supeditado a la disponibilidad de tesorería.

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