Se abre la tercera convocatoria del ‘cheque bebé’ de 500 euros por nacimiento, adopción o acogimiento
Esta ayuda responde a “uno de los compromisos prioritarios del Gobierno municipal con las familias” para “fomentar el bienestar de los más pequeños, favorecer la conciliación e incentivar los nacimientos”
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El Ayuntamiento de Alcobendas ha puesto en marcha la tercera convocatoria del ‘cheque bebé’, una ayuda de 500 euros por nacimiento, adopción o acogimiento que responde a “uno de los compromisos prioritarios del Gobierno municipal con las familias”.
Según ha informado el Consistorio, la alcaldesa de la localidad, Rocío García Alcántara, ha subrayado que, con esta medida, “quieren apoyar a las familias de Alcobendas en la crianza de sus hijos, fomentar el bienestar de los más pequeños, favorecer la conciliación e incentivar los nacimientos”. “Las políticas públicas de apoyo a la natalidad son necesarias para garantizar una sociedad fuerte y sostenible”, ha destacado.
El Ayuntamiento considera “esencial” apoyar la natalidad para contribuir tanto al relevo generacional como a la sostenibilidad demográfica y social, a medio y a largo plazo.
El interés creciente por esta ayuda queda reflejado en el aumento del número de beneficiarios. En 2024 se concedieron 294 ayudas a la natalidad, mientras que en la convocatoria de 2025 la cifra ascendió a 328, lo que confirma la consolidación y buena acogida de esta iniciativa municipal.
DESDE EL 1 DE SEPTIEMBRE HASTA EL 31 DE AGOSTO
Esta tercera convocatoria del ‘cheque bebé’ está dirigida a las familias con menores nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026. Entre los requisitos para acceder a la ayuda figura que el menor esté empadronado en Alcobendas desde el momento de su nacimiento, adopción o acogimiento, manteniendo dicho empadronamiento durante toda la tramitación administrativa.
Asimismo, el progenitor, adoptante o acogedor solicitante deberá haber estado empadronado en Alcobendas de forma ininterrumpida durante, al menos, los tres años anteriores al nacimiento, adopción o acogimiento del menor. Este requisito será igualmente exigible a los solicitantes extranjeros.
Además, los beneficiarios no podrán encontrarse en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones y deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y la Hacienda municipal.
En los supuestos de nacimiento, adopción o acogimiento múltiple, la cuantía máxima a percibir por cada solicitante será de 1.500 euros por convocatoria. Esta prestación es compatible y complementaria con las ayudas a la natalidad concedidas por la Comunidad de Madrid, así como por otras administraciones públicas.
PLAZO DE SOLICITUD
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 18 de septiembre, preferentemente de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcobendas, mediante el trámite habilitado para estas ayudas. De forma excepcional, también podrán presentarse presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC), junto con la documentación requerida.
La tramitación deberá incluir una copia del Libro de Familia o certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil; certificado de titularidad de la cuenta bancaria en la que se abonará la ayuda; y una declaración responsable sobre la veracidad de los datos aportados y autorización para las comprobaciones oportunas ante las distintas administraciones.
Además, las familias monoparentales deberán aportar el convenio regulador o la resolución judicial que atribuya la guarda y custodia en exclusiva a uno de los progenitores. En los casos de acogimiento, será necesario presentar la resolución administrativa del órgano competente y, cuando proceda, su correspondiente traducción jurada.